Teléfono: (+53) 7207 9797 ext. 119, 120, 125, 126 y 223

Transeúnte Laboral

TR-L - Visa Transeúnte Laboral

Será de la competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, previa conformidad del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, la autorización de este Visado. Los requisitos que deban cumplir los contratantes en el país serán establecidos por los Ministerios antes citados. Se exceptúan los artistas, corresponsales de prensa extranjera y deportistas en actividades lucrativas, cuyos representantes en Venezuela deberán obtener solamente autorización del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el cual establecerá las condiciones del visado y el término de permanencia.

El Visado Transeúnte Laboral se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período. Podrá ser prorrogado en el país por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz por igual término, previa ratificación de la autorización laboral por parte del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.

Requisitos:

  • Llenar la planilla de solicitud en letra legible de molde o imprenta.
  • Fotocopia legible de la primera página del pasaporte, válido por un mínimo de 6 meses.
  • Certificado internacional de vacunación anti COVID 19.
  • Una fotografía digital; de frente, reciente, a color, fondo blanco, tamaño 400 x 600 pixeles y 100KB. (Ver Requerimientos de Fotos). La fotografía digital debe ser enviada al  correo electrónico fotovisavenezuela@gmail.com un día antes de entregar su documentación; indicando en el asunto nombre completo y número de pasaporte del interesado.
  • Una fotografía impresa; idéntica a la digital, de frente, reciente, a color y fondo blanco.
  • Pago del arancel consular por un monto de 60 USD en efectivo, realizado directamente en la taquilla ubicada en la Sede Consular (Calle 20, No. 512, entre 5ta Ave. y 7maAve., Miramar, Playa, La Habana, Cuba)
    ó
    Comprobante de pago del arancel consular realizado previamente, por un monto de 60 USD, en el Banco Financiero Internacional (BFI), Nro. de Cuenta:0300000005123538. Modelo 040-909. (Ver Requerimientos de Pago)
  • Fotocopia legible de la autorización del SAIME.
  • Curriculum vitae.

Documentación asociada

Contacto de la Embajada

5ta Ave. No. 1601, esquina a 16, Miramar, Playa, La Habana, Cuba.

Horario de Atención:
Público: 9:00am – 12:00m y 1:00pm – 4:00pm, de lunes a viernes
Teléfono: (+53) 7204 2631 / 7204 2612

Contacto del Consulado General

Calle 20 No. 512 e/ 5ta Ave. y 7ma Ave., Miramar, Playa, La Habana, Cuba.

Horario de Atención:

Vía telefónica: 1:00pm – 3:00pm de lunes a viernes

Público: 8:30am – 11:00am de lunes a jueves

Teléfono: (+53) 7207 9797 ext. 119, 120, 125, 126 y 223

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