Las autorizaciones de viaje constituyen un instrumento de protección de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar su traslado seguro, ordenado dentro y fuera del territorio nacional.
El otorgamiento de autorizaciones de viaje en sede consular, debe atender a traslados de Niñas, Niños y Adolescentes por motivos puntuales, que implica la salida y retorno al territorio nacional. En caso de cambios de residencia a un tercer país y no se cuente con un boleto de retorno, el padre, madre o tutor deberá realizar los trámites respectivos ante los Tribunales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Este trámite debe presentarse con tiempo prudencial para que puedan realizar el envío oportuno de este, al territorio nacional.
Requisitos:
Para la realización de este trámite presentarse con tiempo prudencial para que puedan realizar el envío oportuno de este, al territorio nacional.
Requisitos:
5ta Ave. No. 1601, esquina a 16, Miramar, Playa, La Habana, Cuba.
Calle 20 No. 512 e/ 5ta Ave. y 7ma Ave., Miramar, Playa, La Habana, Cuba.
Vía telefónica: 1:00pm – 3:00pm de lunes a viernes
Atención al Público: 8:30am – 4:00pm de lunes a viernes
Entrega de Documentos: 8:30am – 11:30am martes, miércoles y jueves